Reclamaciones

Caixabank Asset Management SGIIC, S.A.U. se ha adherido al Servicio de Atención al Cliente encargado de atender y resolver las quejas y reclamaciones de sus clientes y de las entidades del Grupo “CaixaBank” adheridas a este servicio.

Los clientes pueden presentar sus reclamaciones ante el Servicio de Atención al Cliente en la dirección postal, calle Pintor Sorolla, 2-4, 46002, Valencia, en la dirección de correo electrónico, servicio.cliente@caixabank.com, en el formulario especialmente habilitado para ello en la web www.caixabank.es o en cualquiera de las oficinas de CaixaBank.

El Servicio de Atención al Cliente dispone de un plazo máximo de 1 mes con carácter general y 15 días hábiles en el caso de reclamaciones sobre servicios de pago para resolver las reclamaciones de acuerdo con su respectivo reglamento de funcionamiento. En caso de disconformidad con la resolución o si ha trascurrido el plazo indicado sin que se haya emitido ningún pronunciamiento, el cliente puede formular su reclamación ante los servicios de reclamaciones de los supervisores

 

Reglamentos

 

Servicios de reclamaciones de los supervisores

Servicios de inversión y mercado de valores: las reclamaciones pueden dirigirse a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Pº de la Castellana, 19, 28046, Madrid) o través de su web www.cnmv.es

 

Información al consumidor (Cataluña)

Se hace constar la existencia del servicio de consulta telefónica del consumidor, prestado por la Generalitat de Cataluña, a través del número 012. Existen hojas oficiales de reclamación/denuncia a disposición de los clientes. La entidad dispone de un servicio telefónico gratuito de atención al cliente a través del número 900 40 40 90. Asimismo, se hace constar que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 22/2010, del 20 de julio, del Código de Consumo de Cataluña, las personas consumidoras pueden solicitar un modelo de las condiciones generales de los contratos de servicios financieros básicos que puedan tener interés en concertar.

 

Normativa de transparencia y protección de los clientes de servicios financieros

Normativa General de Protección de los Consumidores y condiciones de contratación

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación
  • Ley 22/2010 de 20 de julio del Parlamento de Cataluña, del Código de Consumo de Cataluña.

 

Servicios de inversión

  • Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.
  • Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.
  • Circular 7/2011, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos tipo.
  • Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.

 

Servicio de atención al cliente y defensor del cliente

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.